III
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la solicitud de conversión en divorcio del estado de separación legal de cuerpos de los cónyuges, ciudadanos Wulline Tomas Jiménez Tablera y Carmen María Ilarraza De Jiménez, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-18.241.663 y V-11.124.850, y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 20 de marzo del 2013, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Miguel Peña , Municipio Valencia, estado Carabobo, según consta en acta de matrimonio nº 132, Tomo 1, del año 2013.
Corolario de lo antes expuesto, se ordena participar del presente al fallo a la Primera Autoridad Civil.....