Primero: Se ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Fiscal 51° del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a cargo del Abogado EDWINKARL MORALES, en contra del ciudadano JESÚS ARMANDO MORENO VARGAS por la presunta comisión del delito de CIRCULACIÓN DE MONEDA FALSA tipificado en el artículo 300 del Código Penal. Segundo: SE ADMITEN PARCILAMENTE LOS MEDIOS DE PRUEBAS OFRECIDAS POR LA FISCALÍA, a saber: Testimoniales: 1.- Declaración de los expertos ALEJANDRO RODELO y JOSÉ LORCA, adscritos a la División de Documentología del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, conforme a lo dispuesto en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal; 2.- Declaración de los funcionarios detectives EUSEBIO RADARES y BASTIDAS YORBIS adscritos a la División Contra la Delincuencia Organizada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalítsicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 355 Ejusdem; 3.- Declaración del ciudadano DE ABREU JA.....