éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, en el juicio que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD sigue la ciudadana MAGUANPI JOSEFINA PETIT contra los ciudadanos DAVOR GABRIEL KANTOLIC DUPUY y MICHELE CHRISTI KANTOLIC DUPUY,, anteriormente identificados, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble que a continuación se describe:
""Un inmueble ubicado en el Edifico Yánez, Piso 3 Apartamento 29, Calle sucre, Callejón Chacao. Urbanización Mis encantos, Municipio Chacao del Estado Miranda. Que cuenta con CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (41 Mts2) de construcción comprendida dentro los sigu.....