En consecuencia, se ordena emplazar al ciudadano JUAN CARLOS MALDONADO BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-7.683.384, para el segundo (2°) día de despacho, siguiente a la presente fecha a las once antes meridiem (11:00 A.M), a los fines que absuelva las posiciones juradas promovidas en el presente juicio. Asimismo, se advierte a la parte promovente que el día de despacho siguiente a dicho acto a las once antes meridiem (11:00 A.M), tendrá lugar la oportunidad para que absuelva posiciones juradas. Así se decide.