este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del código penal le EXTINGUE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL Y EN CONSECUENCIA ACUERDA LA LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano. Este tribunal en uso de sus atribuciones legales acuerda oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, así como al Departamento de Consultaría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas a fin que el ut supra sea excluido del sistema computarizado de dichos organismos, asimismo se acuerda la remisión del presente expediente en la división de archivo Judicial a los fines de su archivo y cuido . CÚMPLASE.
EL JUEZ
DR. NICOL CATALANO CAMPISI
EL SECRETARIO
Abg. ROBINSON VÁSQUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado.
EL SECRETARIO
Abg. ROBINSON VÁSQUEZ
NCC/Jesús
Exp. 5E-1612-03.