En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA SOLICITUD DE INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES DE EXPERTO CONTABLE, incoada en fecha 29 de enero de 2013, por el ciudadadano PEDRO ALVAREZ, inscrito en el ipsa bajo el numero 56.097, en su carácter de apoderado judicial de la experta contable ciudadana GILDA GARCES, venezolana, titular de la cédula de identidad número 6.331.003, en contra de FUNDACIÓN TELEVISORA DE LA ASAMBLEA NACIONAL, representada judicialmente por su apoderada judicial YANETT COROMOTO TORO PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 65064.