NIEGA la Medida Preventiva de Secuestro, solicitada por el abogado Vicente Delgado, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Elvira Ana Sanz Carrera, en la pretensión de Desalojo, deducida en contra de la ciudadana Guadalupe Martínez, por no encontrarse llenos los requisitos concurrentes establecidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil