En el día 21/03/07, se dictó sentencia mediante la cual esta Sala de Juicio acuerdó REPONER la causa al estado de nueva admisión. En consecuencia se declaró la NULIDAD de todos los actos procesales ocurridos en el presente asunto a partir del auto de admisión de fecha 15/03/06, inclusive, en el juicio que por Obligación Alimentaria a favor de la adolescente SE OMITEN DATOS, sigue la ciudadana CHELLY INES GUTIERREZ ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 6.551.025, en contra del ciudadano JUAN OSCAR ROSSO VARGAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 4.266.550.