Por las razones expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora en contra de sentencia de fecha 19-11-2010, emanada del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales intentó el ciudadano ALEXIS RIVERO GARRIDO, titular de la cedula de identidad V- 2.941.836 contra FUNDACION PARA EL DESARROLLO DEL SERVICIO ELECTRICO (FUNDELEC), Fundación del Estado Venezolano creada en virtud de una disposición del Presidente de la República TERCERO: Se CONFIRMA la decisión apelada con distinta motivación.- CUARTO: Se condena en costas a la parte actora recurrente, de conformidad con el Artículo 60 de la Ley Orgánica Proce.....