El resto de las cláusulas una vez revisada, se determina que la misma cumple con los requisitos exigidos en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y trabajadoras, Art 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo por cuanto versa sobre los derechos señalados en el escrito de oferta real, que está circunstanciada y fueron discriminados por las partes. Se tiene como cierto la entrega del cheque, por haberlo declarado las partes por ante la Funcionario de la Unidad de Recepción y distribución de Documentos.
En consecuencia este Juzgado homologa el acuerdo de las partes en cuanto al procedimiento, dándole efecto de cosa juzgada. Se acuerdan las copias certificadas solicitadas del escrito transaccional y del auto que lo homologa, de conformidad con lo establecido en el Art 21 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo. Así se decide.
La Juez
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg. Héctor Mujica.