Se dictó auto mediante el cual el Tribunal se pronunció en relación a las pruebas promovidas por la apoderada judicial de la parte actora, en tal sentido, se indicó que el mérito favorable de los autos no sontituye prueba que amerite pronunciamiento, en relación a la prueba de cotejo se señaló que ya se estan practicando las diligencias al respecto, y se negó la prueba de inspección jducial, por existir otro medio idóneo. Se admitieron las pruebas documentales.