Este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto el acuerdo no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador; por lo que HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada . Se deja constancia de la devolución de pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia.
El Juez