este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos, interpuso la ciudadana SIMONA ESPINOZA DE MANTILLA contra la empresa SERVI CLENERS, C.A., ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de CATORCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON CUARENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.14.242,43), por concepto de Vacaciones; Bono Vacacional; Utilidades; antigüedad artículo 108 de la LOT, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo, en los términos señalados en la parte motiva de este fallo y Así se decide.
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley.....