Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado MARCOS VILERA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la decisión de fecha 14 de febrero de 2012 emanada del Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana NOEMIA INES PEREIRA DA COSTA contra la MERCK S.A, en consecuencia se condena a la parte demandada a cancelarle al accionante los conceptos determinados en la parte motiva del fallo. TERCERO: SE REVOCA el fallo apelado. No hay condenatoria en costas.