Se dcito sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva mediante la cual este Tribunal le imparte su homologación al convenimiento realizado por la parte demandada en fecha 2 de mayo de 2013, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Con fundamento en las precedentes consideraciones, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: La prescripción de la obligación que consta en el documento protocolizado ante el Registro Subalterno del Segundo Circuito de Registro del Distrito Sucre, Estado Miranda, el 7 de julio de 1986, bajo el Nº 48, Tomo 5, Protocolo Primero, contraída por el ciudadano FRANCISCO SILVA DE SOUSA, a favor del ciudadano JOSE ALBINO DE JESÚS DE ABREU.
SEGUNDO: Se d.....