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Decisiones del dia 21/05/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Octavo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-S-2013-004130. N° Sentencia : Fecha: 21/05/2013
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
SOLICITANTE: EL CIUDADANO ALIENSON MANUEL PASTRAN TONCEL, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-3.477.470, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR EL ABOGADO RAFAEL JESUS SANCHEZ, IPSA NO. 50.840.
Resumen:
Ahora bien, a los fines del Tribunal pronunciarse sobre la admisión o no de la presente solicitud, previamente observa: Que en el acta de defunción se indica que la de cujus dejó (05) hijos entre los cuales se mencionan textualmente a "JOSE IBRAIM PASTRAN TONSEL, (55) años de edad, de cédula de identidad No. V-4.814.459", en la copia de la cédula de identidad de dicho ciudadano se lee: JOSE IBRAIM PASTRAN TONSEL, cédula de identidad No. 4.814.549, y en la copia de su acta de nacimiento se dejó asentado que era hijo de MARIA TONSEL, siendo que el apellido de la de cujus es TONCEL, según su cédula de identidad. Que en el acta de nacimiento de la ciudadana ARELIS GIOVANA, se colocó que fue presentada por MARIA TONCELL, siendo que el apellido de la de cujus es TONCEL, según su cédula de identidad, motivos por los cuales, este Tribunal Niega la Admisión de la presente solicitud, y así se decide. Publíquese, Regístrese y Notifíquese. Dada, firmada y sellada, en Caracas a .....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-S-2013-004022 N° Sentencia : Fecha: 21/05/2013
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
SOLICITANTE (S): CIUDADANO WILMER ENRIQUE ZERPA GIL, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. V-12.410.857, ASISTIDOS JUDICIALMENTE POR LA ABOGADA EN EJERCICIO THAIS MARIN, I.P.S.A., NO. 91.920, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
En el caso de autos, considera este órgano jurisdiccional que mal puede pretender el solicitante, conforme a los argumentos por él esgrimidos, que se le decrete título supletorio sobre el bien mueble vehículo antes descrito, por cuanto en modo alguno las declaraciones que pudieren rendir los testigos que presentare al efecto, pueden ser suficientes para que se le considere propietario del mismo, pues como antes quedó dicho, tal justificativo para perpetua memoria es manifiestamente improcedente conforme a las disposiciones contenidas en la Ley de Transito Terrestre, razón por la cual resulta INADMISIBLE la solicitud de título supletorio aquí presentada, y así debe ser declarado en la parte dispositiva. En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la admisión de la solic.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2013-000724 N° Sentencia : Fecha: 21/05/2013
Procedimiento:
Accion Reivindicatoria
Partes:
DEMANDANTE: JOSE LUIS VARGAS, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. 6.303.494, REPRESENTADO POR EL ABOGADO ALFONSO ALBORNOZ NÍÑO, INPREABOGADO Nº 18.235.
Resumen:
La acción reivindicatoria es la mas importante de las acciones reales y la fundamental y mas eficaz defensa del derecho de propiedad, por lo que, quien intenta la acción reivindicatoria, debe traer a los autos como prueba del derecho a la propiedad, un documento que produzca efectos erga omnes, que sea oponible a terceros, y en el caso de los bienes inmuebles, este efecto lo produce, el documento de propiedad registrado en la oficina de registro respectivo, observando el Tribunal, que el documento de propiedad traído a los autos, que corre inserto a los folios 13 al 16, solo esta notariado, es por lo que este Tribunal en virtud de todas estas circunstancias, procede a declarar la inadmisibilidad de la demanda, por ser contraria a derecho. Así se declara. Regístrese, Publíquese y Notifíquese y déjese copias certificadas. Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (21) días del mes de Mayo de 2013. Años 202° y 154°.
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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