DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Cuadragésimo (40º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio seguido por la ciudadana BEATRIZ ELENA CHARRIS SERVANTE, en contra de la COOPERATIVA EL AVILA 135 RL, C.A. Asimismo, se ordena la notificación de la parte actora a los fines de hacer de su conocimiento sobre la presente decisión y una vez conste en autos la misma, empezará a transcurrir el lapso de cinco (05) días hábiles para ejercer los recursos pertinentes. No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo. LÍBRESE BOLETA DE NOTIFICACION. Así se decide.