Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Sexto Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por el ciudadano FREDERICK RAMÓN GUTIERREZ FERRER, titular de la cédula de identidad Nro. 11.060.293, asistido judicialmente por el abogado Raúl Guillermo Díaz Valencia, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 201.163 contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO VARGAS.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN EN EL CONTROL DE SENTENCIAS LLEVADO POR ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Sexto Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en Caracas a los veintiuno (21) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018). Años 208° de la In.....