Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en Reenvío en lo Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el recurso de apelación de sentencia interpuesto en fecha 11 de junio de 2012, por la Defensora Privada, Abogada RAIZA E. PEREZ, con el carácter de Defensora del acusado YULY MANUEL PEREZ LORA, plenamente identificado en autos, contra la sentencia dictada en audiencia oral, la cual fue publicada en fecha 05 de junio de 2012, por el Juzgado Segundo de Violencia Contra la Mujer en Función de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, mediante la cual CONDENO al ciudadano YULY MANUEL PEREZ LORA, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, AMENAZA AGRAVADA, previstos y sancionado.....