En virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Juicio, a cargo de la Juez Unipersonal No. XI del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la solicitud que por Cumplimiento de Régimen de Convivencia Familiar, interpusieran los abogados Maria Guevara y José González, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 25.735 y 33.352, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano DENIS HUSEYN LUDWIG, Alemán, domiciliado en Alemania, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E- 82.136.444, debidamente asistido de abogado, en representación de su hija (...), de diez (10) años de edad, contra la ciudadana GITHANJALY PIMENTEL CARVALLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-10.820.450.