PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el abogado JOSE GRATEROL GALINDEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 29.309, quien actúa en su propio nombre y representación, ejercido contra el auto dictado en fecha 25 de junio de 2025, el cual negó la apelación interpuesta el día 18 de junio de 2025, contra la decisión proferida por el Tribunal de Retasa constituido en el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 17 de junio de 2025.
SEGUNDO: Se anula el auto de fecha 25 de junio de 2024, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó apelación contra la sentencia definitiva dictada en fecha 17 de junio de 2025.
TERCERO: Se ordena oír la apelación efectuada por la parte recurrente, con.....