acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC del adolescente (x) de quince (15) años de edad. Expídanse por secretaría las copias certificadas necesarias, se ordena oficiar a la oficina de atención al público, a fin de que se sirva entregar a la parte interesada las copias certificadas respectivas. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZ DE LA SALA
DRA. AGUEDA DOMINGUEZ
LA SECRETARIA Acc,
YARITZA GOMEZ