Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la Abogada VERÓNICA MERINO, apoderado judicial de la parte actora, en el asunto principal signado bajo la AP21-N-2011-000086, contra el auto de fecha 20 de julio de 2011 emanado del Juzgado 12º de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: Se CONFRIMA LA NEGATIVA DE APELACION.