Dispositivo
Por las motivaciones de hecho y derecho que anteceden, este Juzgado Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Se HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento en la Oferta Real de Pago presentada por la entidad de trabajo INDUSTRIAS CORAMODIO C.A., a favor de del ciudadano RICHARD ARGOTTE, partes debidamente identificado en los autos. Segundo: notifíquese a la oferente de la presente decisión. Tercero: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.