Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 0009-2010, de fecha 16 de julio de 2010, emanado de la SUPERINTENDENCIA MUNICIPAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, solicitada por el ciudadano JOAO MANUEL FARIA FERNANDES, titular de la cédula de identidad número E- 81.056.242, actuando en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil COMERCIAL ANAUCO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 30 de mayo de 1990, bajo el Nº 6. Tomo 67-A-Sgdo, e inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el número J-00318739-9, debidamen.....