Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento UNICO: Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado MARCO CIMINO, en su carácter de defensor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), contra el autos de negativa de cambio de medida, celebrada en fecha 26 de septiembre de 2013, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución Nº 3 de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, por ser considerado irrecurrible, debido a que no se encuentra dentro de los supuestos que establece el artículo 608 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.