PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente causa por PARTICION DE COMUNIDAD ORDINARIA incoado por la ciudadana DAGLIS JACKELINE HERMOSO ISTURIZ, contra el ciudadano ORLANDO ANDRES CACERES MARTINEZ, ambas partes suficientemente identificadas en el encabezado del presente fallo y como corolario de ello se declara la EXTINCIÓN del presente proceso, en atención a lo previsto en el encabezado del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay expresa condenatoria en Costas, dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Notifíquese a la parte actora de la presente decisión, mediante boleta de notificación, por lo que, una vez conste en autos la práctica de la notificación en el expediente, comenzará a correr el lapso pertinente, para el ejercicio del recurso que hubiere lugar.-