Declara PRIMERO: PARCIALEMTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana NORA EYES MARIN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.137.670, contra la empresa COMPAÑÍA ANONIMA DE ADMINISTRACION Y FOMENTO ELECTRICO (CADAFE), Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas, e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el No. 20, tomo 33-A, de fecha 27 de octubre de 1958, en consecuencia se ordena a la empresa COMPAÑIA ANONIMA DE ADMINISTRACION Y FOMENTO ELECTRICO (CADAFE) a pagar la actora la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.00,00) por concepto de Primas Especiales; SEGUNDO: Se ordena a realizar una experticia complementaria del fallo a cargo de un único experto, el cual tendrá la labor de cuantificar la diferencia de prestaciones sociales y demás beneficios laborales que corresponde a la actora, así como también los intereses sobre prestaciones sociales,.....