(...) DECLARA: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, en la demanda intentada por el ciudadano CARLOS ALBERTO GARCÍA CILIBERTO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.967.364, que por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara en contra de las empresas TELECOMUNICACIONES NETPOINT DE VENEZUELA, C.A. Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha veinticuatro (24) de marzo de 1995, bajo el N° 56, Tomo 79-A-Pro., e INVERSIONES NET CARACAS, C.A., Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha once (11) de octubre de 1996, bajo el N° 63, Tomo 62-A-Qto.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
El ciudadano CARLOS ALBERTO GARCÍA CILIBERTO podrá acudir a la jurisdicción a.....