En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LEILA HALABI AYAZ, contra el ciudadano RAUL FERNANDO DEL VALLE LOPEZ, ambas partes suficientemente identificadas en autos. En consecuencia se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes y se condena a la parte demandada a la entrega inmediata del inmueble arrendado constituido por un apartamento identificado con el No. 503, piso 5, situado en el Edificio Las Marías, entre las esquinas de Ánimas a Platanal, Av. Urdaneta, Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, en el mismo buen estado en que se le entregó.