En base a las anteriores observaciones, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas con Competencia en Materia de Reenvío en lo Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
1.- Admite la Inhibición propuesta por la Doctora RENEE MOROS TROCCOLI, Jueza Integrante de esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 95 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal.-
2.-.Admite el medio de prueba ofrecido por la Jueza inhibida consistente en los testimonios de los ciudadanos AUDREY DIAZ SALAS, GLADYS ZAPATA y LUIS BALZA de lo cual se observa que los mismos son pertinentes a los efectos de decidir la i.....