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Decisiones del dia 21/11/2017

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-S-2017-000738 N° Sentencia : Fecha: 21/11/2017
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
ACERO OFERTA, C.A VS YURIMA YAMILET PEREZ DE ALVARADO
Resumen:
Como corolario de los criterios antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, acoge el criterio establecido por el Juzgado Séptimo Superior de este Circuito Judicial Laboral, en relación a la homologación de las transacciones celebradas en Ofertas Reales de Pago, a los fines de garantizar la irrenunciabilidad de los derechos laborales con rango constitucional, razón por la cual se Niega la solicitud de homologación de la transacción presentada por las partes en fecha 17 de noviembre de 2017, por ser contrario a derecho, sin embargo este Juzgado deja constancia que la parte OFERENTE realizó a la parte OFERIDA, un pago por la cantidad de SESENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES CON 62 CENTIMOS.-(Bs.63.797.829,62), mediante dos cheque, signados con el Nos.00023888 y 00023668, girado contra el Banco Provincial, el primero de fecha 13/11/2017.....
Juez/Ponente:
Lilia Nohemi Zoriano Trejo
Organo:
Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2017-001802 N° Sentencia : Fecha: 21/11/2017
Procedimiento:
Transacción
Partes:
LORENA JIMENEZ VS PFIZER VENEZUELA, S.A.
Resumen:
Como corolario de lo antes expuesto, este Juzgado declara concluido el presente procedimiento y luego de transcurridos cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha, sin que esta decisión haya sido objeto de recurso alguno, se procederá a ordenar el cierre informático y el archivo del expediente. Asimismo, se acuerda expedir copias certificadas de la transacción y del presente auto, de conformidad a lo establecido en el numeral 3cero del artículo 21 y articulo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que se insta a la parte demanda a consignar las copias simples a los fines de su certificación. Así se establece. CÚMPLASE Y DÉJESE COPIA. Años: 207° y 158°. LA JUEZA ABG. LILIA NOHEMI ZORIANO TREJO LA SECRETARIA ABG. YESENIA FUENTES En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión.- LA SECRETARIA ABG. YESENIA FUENTES
Juez/Ponente:
Lilia Nohemi Zoriano Trejo
Organo:
Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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