Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley expresamente declara:
PRIMERO: Con lugar las apelaciones ejercidas en fechas 13 y 14 de octubre de 2006, por los abogados KARIN GIL RICO, apoderada judicial de la sociedad mercantil CARGILL INTERNATIONAL, S.A., y LEONARDO NUÑEZ MARTÍNEZ, apoderado judicial del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE LA PESCA, SUS SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO ZULIA (SIPTRABPEZ) y de los ciudadanos ABRAHAM ESPINA, ADALBERTO ROMERO y OTROS, respectivamente, contra el auto de fecha 10 de octubre de 2006, dictado por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, en el Cuaderno del Fondo de Limitación de Responsabilidad correspondiente al expediente signado con el Nº 2005-000091 de ese Juzgado.
SEGUNDO: .....