En consecuencia se procede a impartir su HOMOLOGACION al escrito transaccional, exceptuando el desistimiento de la acción, sin menos cabo de algún derecho del trabajador, a tal efecto, se ordenara el cierre y archivo del expediente, así como su cierre informático, una vez vencido el correspondiente lapso de apelación, establecido en los artículos 288 y 289, del Código de Procedimiento Civil.
Asimismo se acuerda la devolución de las pruebas promovidas por las partes al inicio de la audiencia preliminar las cuales se deberán retirarlas por ante la U. R. D. D., en acatamiento a la presente decisión se ordena librar oficio. Líbrese oficio a la mencionada unidad.
Igualmente se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas por la partes, de conformidad con el artículo 21 ordinal 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en tal sentido se insta a las partes, debidamente acreditadas en autos, a consignar las copi.....