Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 9 de noviembre de 2012, por la abogada MOIRAH SANCHEZ SANZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte agraviante, sociedad mercantil NAVIERA ASTERA MARIS C.A. , contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 02 de noviembre de 2012. SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana YESSICA KARINA RODRIGUEZ FERNEZ, en contra de la sociedad NAVIERA ASTERA MARIS C.A. por el desacato de la Providencia Administrativa No. 00319-11 de fecha 20 de mayo de 20.....