PRIMERO: SE imparte la homologación al DESISTIMIENTO presentado en fecha 12 de enero del año en curso, en los mismos términos como quedaron expuestos en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue BANCO EXTERIOR BANCO UNIVERSAL, contra el ciudadano ALVARO GARCIA SAN JUAN, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo y en consecuencia declara consumado el acto de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena Librar oficio al ciudadano REGISTRADOR SUBALTERNO DEL PRIMER CIRCUITO DE REGISTRO DEL DEPARTAMENTO LIBERTADOR DEL DISTRITO FEDERAL, informando lo conducente, a los fines de la suspensión de la medida decretada en el presente juicio.-
TERCERO: Se ordena el archivo del presente expediente, como fue solicitado por la parte.-
Expuestos los hechos en la forma antes dicha:
Regístrese y Publíquese la anterior decisión, de conformidad con lo previsto en el Artículo 247 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copi.....