Sobre la base de todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer, en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad expresa que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: Se mantienen las Medidas de Protección y Seguridad en favor de la ciudadana SUYIN MARGARITA BATIJA QUIROZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.538.486 establecidas en artículo 87 numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en razón de que se considera necesario hasta tanto exista a los autos un elementos serio que haga posible su modificación, igualmente se revocan las medidas de los numerales 3 y 4, del mentado artículo en razón de que ya los cónyuges poseen domicilios diferente por tanto es innecesario sostener.
Publíquese, Regístrese,.....