Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE, el recurso de apelación interpuesto por el abogado ARTURO DE JESÚS CRESPO MORA, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana BENILDA MORA HERRERA., contra el auto proferido el 05 de junio del 2013, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes, el auto proferido en fecha 05 de junio del 2013 por el Juzgado Sexto de Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas. .....