Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 60 al 69 y presentado por la ciudadana ROSALINA SOSA, titular de la C.I. V-6.388404, asistida por el abogado KARINA NOVITA, IPSA Nº 133.196, en su carácter de parte oferida y la oferente MERCANTIL GOMEZ, S.A., en la persona del abogado CARLOS NUNES, IPSA Nº 154.751, y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON TREINTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs.318.525,39), la cual fue pagada mediante cheque del Banco Provincial, Nº 06546234, fecha 18-12-2013, por la cantidad de Bs.183.478, y mediante libreta de ahorro a favor del trabajador donde se le deposito la cantidad de Bs.135.047,31, que ya le fueron entregados al trabajador, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tr.....