DESTACAMENTO DE TRABAJO: Cuando cumpla una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, es decir, Un (01) año y Nueve (09) meses Y Quince (15) Días que cumplirá el 05-02-2007 cumplido.
RÉGIMEN ABIERTO: Cuando cumpla una tercera (1/3) parte de la pena impuesta, es decir, Dos (02) años, Seis (06) Meses y Veinte (20) Días que cumplirá el 10-11-2007.
LIBERTAD CONDICIONAL: Cuando cumpla las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, es decir, Cuatro (04) años, Nueve (09) Meses y Diez (10) Días que cumplirá el 30-01-2010.
CONFINAMIENTO: Cuando cumpla las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, es decir, Cinco (05) años, Cuatro (04) meses y Quince (15) Días que cumplirá el 05-09-2010.
Igualmente el penado, quedo condenado a las penas accesorias contenidas en el artículo 16 ejusdem, las cuales son:
Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad: Por una cuarta (1/5) parte de la pena impuesta, una vez cumplida la misma, es decir: Un (01) Año, Cinco (05) meses y S.....