PRIMERO: CONDENA al ciudadano acusado YONNY MORENO URDANETA a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN, como cómplice en el delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el articulo 84 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana CMS (omite identidad), de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de Código Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, más las penas accesorias establecidas en el articulo 66, numeral 1 Ejusdem.