Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el abogado LUÍS BETANCOURT ZURITA, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 71.647, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano LUÍS ENRIQUE JOPRDAN PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.163.419, contra el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), y en consecuencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA el acto administrativo de fecha 15 de diciembre de 2005, emanado de la Coordinación Nacional de Recursos Humanos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), por medio del cual se le otorgo de oficio el beneficio de la Jubilación al.....