"(...) Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano GERONIMO EMILIO SUBERO FRONTADO, contra la sociedad de comercio SEGURIDAD KARLIM 99, C.A., se ordena pagar la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 28 CENTIMOS (Bs. 47.349,28), por los siguientes conceptos, calculados previamente en la parte motiva de la presente decisión: Prestaciones Sociales, Vacaciones fraccionadas, Bono Vacacional fraccionado, Utilidades Fraccionadas, e Intereses Sobre Prestaciones Sociales. SEGUNDO: Se acuerda el nombramiento de un experto contable a los fines de que realicé la experticia complementaria del fallo, para el cálculo de los interese.....