VI
DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en las precedentes consideraciones y artículos 2, 23, 26 y 253 Constitucionales, 13 y 22 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 601 y 602 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ABSUELVE a la acusada (SE OMITE IDENTIDAD), venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.020.917, nacida en Caracas, el 05-06-87, hoy con 19 años de edad, soltera, residenciada en la Parroquia 23 de Enero, Sierra Maestra, callejón La Orquídea, casa Nº 16, por la comisión del delito de Robo Genérico, tipificado en el articulo 455 del Código Penal, en agravio de José Alexander Soto Yépez. Así mismo, se ordena la cesación de las restricciones impuestas provisionalmente.
Diarícese, Publíquese.
Dada, fi.....