III
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia y obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por virtud de la autoridad que le ha conferido la ley declara lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por cumplimiento de contrato ha intentado la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA MULTICENTRO S.R.L., en contra de los ciudadanos MIRTA BEATRIZ TORREALBA CASTILLO y DAVID ARTURO RAMIREZ BOLE, todos plenamente identificados en la parte inicial del presente fallo.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora, en virtud de haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE