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Decisiones del dia 22/03/2010

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Superior Marítimo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 2009-000219 N° Sentencia : Fecha: 22/03/2010
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
ASTIVENCA ASTILLEROS DE VENEZUELA, C.A. CONTRA BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL.
Resumen:
En fuerza de los razonamientos fácticos y jurídicos que han quedado expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida en fecha veinticinco (25) de noviembre de 2009, por el abogado FERNANDO GONZALO LESSEUR, apoderado judicial del BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, parte demandada en la presente causa en contra de la sentencia dictada en fecha diecinueve (19) de noviembre de 2009, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, así como PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que intentó la sociedad mercantil ASTIVENCA ASTILLEROS DE VENEZUELA, C.A., contra la sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA, SA. BANCO UNIVERSAL y se REVOCA la decisión dictada por el a quo con la motivación expresa en el presente fallo......
Juez/Ponente:
Freddy Belisario
Organo:
Tribunal Superior Marítimo
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N° Expediente : 2010-000220 N° Sentencia : Fecha: 22/03/2010
Procedimiento:
Cobro De Bolìvares Y Daños Y Perjuicios
Partes:
SIDOR, C.A. CONTRA CORINOCO, C.A.
Resumen:
Este Tribunal Superior Marítimo para resolver, observa: PRIMERO: Que el recurso extraordinario de casación anunciado en fecha 11 de marzo de 2010, por el abogado JUAN PABLO JOSÉ MARÍA GUERRERO CAYAMA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil SIDOR, C.A., fue realizado de manera tempestiva, esto es, dentro de los diez (10) días de despacho fijados para dicho anuncio, tal y como se evidencia del cómputo que precede, en virtud de que el lapso para su anuncio comenzó el día 8 de marzo de 2010, y venció el 19 de marzo de 2010, ambas fechas inclusive. SEGUNDO: Que quien hizo uso del derecho subjetivo de ejercitar la actividad recursiva de casación, tiene legitimación procesal tal como consta de autos. TERCERO: Dispone el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente: "El recurso de casación puede proponerse: 1. Contra las sentencias de última instancia que pongan fin a los juicios civiles o mercantiles, cuyo interés principal exceda.....
Juez/Ponente:
Freddy Belisario
Organo:
Tribunal Superior Marítimo
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