declara INADMISIBLE la solicitud de Convocatoria de Asamblea, interpuesta por los ciudadanos Cynthia Coromoto Bustillos Urrutia y Luis Carlos Bustillos García, actuando con el carácter de apoderados generales de las ciudadanas Lil Yolanda Bustillos García y Victoria Blanca Bustillos García, debidamente asistidos por el abogado Pedro Betancourt López, de conformidad con lo establecido en los artículos 166 y 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 4 de la Ley de Abogados