Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada contra el auto de fecha 26 de febrero de 2007, dictado por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: INADMISIBLE la prueba de informes promovida por la demandada. TERCERO: SE CONFIMA contra el auto de fecha 26 de febrero de 2007, dictado por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. CUARTO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra la sentencia de fecha 19 de diciembre de 2007, dictada por el Juzgado Décimo Primero de Primer.....