Por las razones previamente expuestas, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: En relación a la Tacha de testigos alegada por la parte demandada, la misma se declara Con Lugar, desechándose en consecuencia la testimonial del ciudadano Ramon Alexander Linares Caramo.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE el alegato de Agotamiento del Procedimiento Administrativo Previo invocado por la demandada; SIN LUGAR la Falta de Cualidad alegada por la demandada y SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos ANTONIO JOSÉ CATALAN, JOVANNY RAUL MARQUEZ GUZMAN, DOMINGO SILVA ECHEZURÍA, DANIEL JOSÉ MAESTRE CARAMO y ANGEL RAFAEL PERFECTO, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, plenamente identificados en autos.
TERCERO: No hay condenatoria .....