DISPOSITIVA
Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado Unipersonal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, según lo dispuesto en los artículos 2, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 12, 14, 15, 22, 332, 364, 365, 336 y 367 del Código Orgánico Procesal Penal, dicta los siguientes pronunciamientos PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, ABSUELVE al ciudadano GUSTAVO LUIS CARRERA DAMAS, quien es de 72 años de edad, natural de Cumana, Estado Sucre, en fecha 03-09-1933, de profesión Profesor Universitario, de estado civil Viudo, hijo de Antonio Carrera (F) y Mercedes Damas de Carrera (F), con domicilio: Avenida el Rosario, Edificio Doral Avila, Apartamento 52-A, Los Chorros, y titular de la cédula de ident.....